La AEUERA emitió una declaración frente a la educación en entornos virtuales en el contexto de la pandemia
La Asociación de Escuelas Universitarias de Enfermería de la República Argentina publicó una declaración que lleva la firma de su presidenta Karina Espíndola y su secretaria Mónica Lázzaro sobre la situación de la Educación en el contexto actual de pandemia.
A continuación, publicamos el texto completo de la declaración:
DECLARACIÓN DE AEUERA CON POSICIONAMIENTO FRENTE A LA EDUCACIÓN EN ENTORNOS VIRTUALES POR LA SITUACIÓN EXTRAORDINARIA DE PANDEMIA – COVID 19.
El brote del Coronavirus COVID-19, declarado como pandemia por la Organización Mundi-2020- recomendó al sistema universitario argentino adecuar las condiciones en que se desarrolla al de la Salud el pasado 11 de marzo de 2020, y los Decretos de Necesidad y Urgencia: DECNU la 260APN-PTE, DECNU-2020-297-APN-PTE y DECNU-2020-325-APN-PTE, mediante la cual se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nº 27.541, atento la pandemia citada, estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y su prórroga vigente.
Oportunamente, por Resolución 2020-104-APN-ME, el Ministerio de Educación de la Nación actividad académica presencial y la implementación transitoria de modalidades de enseñanza alternativas; teniendo en cuenta las recomendaciones emitidas por parte del Ministerio de Salud, en su marco competencia de actuación.
La dinámica del agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional y en nuestro país, en particular, requiere el imperativo de adoptar medidas que conjuguen la irrestricta observancia de las disposiciones emitidas por el Poder Ejecutivo Nacional en materia sanitaria, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio y sus efectos futuros teniendo en cuenta las condiciones y modalidades de los calendarios académicos aprobados en oportunamente en cada una de las universidades.
Asimismo, considerando que debemos continuar con el objetivo institucional de sostener la actividad académica durante el primer cuatrimestre 2020, en garantía y reconocimiento del bien jurídico tutelado del derecho colectivo a la educación pública, las Universidades de nuestro país han impulsado distintas medidas en la materia, en particular la implementación de la modalidad virtual para garantizar el dictado de los cursos presenciales de las carreras de pre-grado y grado. Estas medidas llevaran a la necesidad de adecuar entre algunos de los puntos a las actividades académicas y los calendarios académicos. Si tenemos en cuenta que dicha atribución es potestad de cada una de las universidades y que responderán a decisiones institucionales de diversas índoles es que se hace necesario que desde la AEUERA sentemos posición en relación a recomendaciones en relación a las mismas en cuenta a las características de las modalidades que exigen la carrera de Licenciatura en enfermería.
Al respecto, con la inclusión del Título de Licenciado en Enfermería en el Artículo 43° de la LES N° 24.521, determinado mediante Resolución Ministerial N° 1724/13, al ser considerada una carrera de riesgo, porque su ejercicio se vincula directamente y compromete el interés público de la población. Lo que implica que el Plan de Estudio de la carrera debe cumplimentar con los estándares y requisitos que han sido acreditados por CONEAU.
Por tal motivo, el plan de estudios debe cumplir con las normativas establecidas respecto a: los contenidos curriculares básicos, la carga horaria mínima, los criterios de intensidad de la
ASOCIACIÓN DE ESCUELAS UNIVERSITARIAS DE ENFERMERIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
formación práctica, los estándares para la acreditación de la Carrera y la nómina de actividades reservadas al título.
Es importante destacar que la PPE, conforma un conjunto de actividades supervisadas que se llevan a cabo desde el 1° año de la Carrera en el ámbito hospitalario y/o centros de salud u organizaciones sociales, constituyendo un espacio extra-áulico central que posibilita la articulación e integración en forma progresiva, de los contenidos teóricos desarrollados en las distintas asignaturas del núcleo profesional. Las actividades están orientadas a la atención directa de las personas en todas las etapas de su ciclo vital, en los distintos niveles de atención, a través de la construcción e implementación de distintos planes de cuidado y del trabajo interdisciplinario que llevará al estudiante a la capacidad de cooperación e integración.
En cuanto a la PI, es el periodo de formación que el estudiante realiza antes de finalizar cada uno de los ciclos correspondientes al pregrado y grado, donde tiene la oportunidad de articular, aplicar e integrar todos los conocimientos teóricos-prácticos desarrollados a lo largo de cada ciclo, buscando así fortalecer su autonomía y responsabilidad profesional, y la interacción con otros profesionales de la salud. Por otra parte, estas prácticas se fundamentan en la posibilidad de adquirir experiencia para comprender los múltiples aspectos que configuran el ejercicio profesional y que se encuentran vinculados a las necesidades de atención de salud de la población.
Es así, que en este marco de excepcionalidad y con el condicionamiento propio del contexto, las normativas vigentes y emergentes, y de sus posibilidades, la Asociación de Escuelas Universitarias de Enfermería, enuncia su posicionamiento declarativo, fundamentado en: Acompañar a cada Escuela miembro en el trabajo intenso para mantener los derechos de toda la comunidad educativa. Lo cual requiere responsabilidad, solidaridad, trabajo colaborativo y compartido. Reconocer la importancia fundamental de la formación de los estudiantes, como eje central de la tarea académica, situación que ha puesto de manifiesto el papel insustituible del/a docente en el proceso pedagógico y la importancia que tiene la virtualidad como medio para sostenerlo en estas circunstancias, aunque también se reconoce que la virtualidad no reemplaza el valor fundamental de la construcción del lazo social y la interacción comunicativa, al menos con las características que asume en la presencialidad. Proponer el desarrollo de cursos/materias/asignaturas del 1° cuatrimestre de las carreras de Licenciatura en Enfermería cuya modalidad requiere de la presencialidad se dicte de manera excepcional y teniendo en cuenta el contexto actual socio sanitario bajo la modalidad virtual, solo hasta tanto dure la emergencia sanitaria y que se faculte excepcionalmente a las Direcciones / Coordinaciones de las mismas a la reorganización temporal de las clases de las asignaturas que por sus características demanden formación práctica que vuelva imposible su dictado bajo la modalidad virtual, cuya aprobación quedará pendiente hasta tanto pueda cumplimentarse esta instancia bajo modalidad presencial.
Ofrecer a las/los profesores capacitaciones en relación al uso de la Plataformas/ aulas virtuales, instrumentos de evaluación virtual y generar los medios reglamentados para poder acceder a las instancias de evaluaciones parciales las que deberán estar acreditadas por cada una de las Universidades a través de sus órganos autorizados. Proponer que las asignaturas continúen con su dictado en las modalidades alternativas a la presencialidad, a fin de garantizar el aislamiento que preserva y resguarda la salud
de la población, a la vez el cumplimiento de los cronogramas académicos que posibiliten los procesos de enseñanza y aprendizajes. Apoyar en este contexto extraordinario la continuidad con el desarrollo de actividades en cada una de las instituciones formadoras según sus competencias, como viene haciéndose con dedicación y compromiso, a la par de prever y acompañar con procesos de reflexión evaluativa que permitan incorporar las mejoras necesarias en el sentido que direccionan los objetivos de la formación disciplinar. Recomendar realizar un relevamiento de los estudiantes matriculados con el propósito, de poder identificar precozmente estudiantes que por diversos motivos, como dificultades de acceso a internet o a diversas herramientas tecnológicas entre otros, puedan ver amenazados la continuidad de sus trayectorias académicas, y generar procesos adecuados de sostenimiento y acompañamiento, involucrando para ello a los diferentes actores sociales del gobierno de las universidades, como así también a los centros de estudiantes. Determinar que las asignaturas de carácter profesional, que integran los planes de estudios y contemplan en su desarrollo, instancias de Prácticas Pre Profesionales Específicas y Prácticas Integradas, que se ejecutan en instituciones de salud, públicas y privadas, en sus distintos niveles de atención, en diversos servicios, se constituyen en prácticas de carácter irremplazables e irrenunciables, por lo cual, se deberán arbitrar las estrategias necesarias para su realización, en el momento que se avance hacia el retorno a la presencialidad de cursado y que se obtengan los permisos institucionales que autoricen nuevamente el ingreso de estudiantes para su realización. Mantener un sistema de monitoreo continuo en las diferentes instituciones para poder dar respuesta a eventuales situaciones que se generen en caso de continuar en el 2° cuatrimestre con la situación actual.